A la hora de adoptar un perro en una perrera o una protectora, firmaremos un contrato de adopción con esta entidad en el que nos comprometemos, entre otras cosas, a proporcionarle todos los cuidados necesarios que necesita el perro para su correcto desarrollo. Y, como pasa con el resto de contratos, el contrato de adopción del perro es de obligado cumplimiento ya que si no cumplimos con el contrato de adopción nos arriesgamos a que nos quiten la custodia del can.
Hay quien considera este contrato una amenaza, y sus desconocedores se echan atrás a la hora de adoptar al perro cuando se enteran de que deben firmar el contrato. Sin embargo, es la forma que tienen en la protectora de asegurarse de que cuidarás bien del can, de que no lo maltratarás, de que te ocuparas de esterilizarlo al perro o castrarlo si no lo han hecho ellos por la edad del animal o de que si no te puedes responsabilizar del perro lo devolverás a la propia protectora. En estos casos es normal que te preguntes si es mejor o peor adoptar a un perro en una protectora o en un particular, pero lo correcto antes de que tomes la decisión final es que lo medites.
Igual que en el resto de contratos, todas las cláusulas aparecerán reflejadas. En el contrato de adopción del perro deben constar el DNI del adoptante y todos los datos de la protectora, y estar firmados en cada página. La protectora y el adoptante se quedarán con una copia cada uno, y este también debe informar a la protectora de cambios de domicilio, teléfono, etc. La protectora puede visitar al perro adoptado para asegurarse de que se cumple el contrato de adopción.
Si no se cumple y el can es maltratado, no recibe la atención adecuada a sus necesidades, no se han realizado intervenciones como la esterilización cuando debían hacerse, etc. tanto la protectora como un particular que ha dado su perro en adopción -con contrato- puede reclamar legalmente la custodia del can al adoptante. Si este no lo entrega, la cosa puede acabar en los tribunales y el juez será quien decida.